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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

1º A 8º AÑO E.G.B. DC. Nº 511 08.05.97
1º A 2º E.M. DC. Nº 112 20.04.1999
3º A 4º E.M. DC. 083  06.03.2000
Y SUS MODIFICACIONES

I  INTRODUCCIÓN

El presente documento contempla los reglamentos elaborados sobre la base de los decretos 146/26/8/88, 511/8/5/97, 112/20/04/99, 083/06/03/2000, los cuales facultan a los Establecimientos Educacionales para que tomen decisiones en materias referidas al proceso de evaluación de aprendizajes de los alumnos. 

Este reglamento, sustenta la evaluación como un proceso que debe cautelar la entrega de información oportuna a Padres Apoderados, Alumnos, Profesores y Docentes Directivos, para la toma de decisiones conducentes  al logro de lo Objetivos Fundamentales (OF), Contenidos Mínimos Obligatorios (CMO) y los Objetivos Fundamentales Transversales (OFT).
Elaborado con la participación directa del Consejo de Profesores, quienes mediante los consejos de paralelos, ciclos y departamentos han ido realizando las sugerencias que consideradas viables y aconsejables se han plasmado en articulados, definiciones y acciones del mismo.
Difundido a los padres y apoderados en las entrevistas que realiza la Directora para el ingreso de todos los alumnos al Colegio, luego se reitera en la primera reunión de subcentros que se efectúa la tercera semana de marzo en todos los cursos cada año y en cada reunión mensual se trata uno o dos temas de este  Reglamento.
A los alumnos se les está reiterando su contenido en forma permanente en consejos de curso, y en las formaciones.
La evaluación es considerada como un proceso permanente e integrador del aprendizaje, considerando al alumno protagonista y al profesor facilitador del proceso.  La evaluación se sitúa, en cuanto al método, como un proceso de diálogo, comprensión y mejora.  Esto significa que la evaluación es un proceso de valoración y estimación continua, contextualizada y democrática que, en base al análisis reflexivo de la información obtenida a través de diversos procedimientos e instrumentos válidos y consensuados, posibilita tanto al docente como al alumno, la formación de un juicio y la consecuente toma de decisiones para mejorar la práctica.
Este documento se encuentra publicado en la página Web del colegio: www.nshuerto.cl

II        DISPOSICIONES GENERALES.

  • Se cautelará el logro de los Objetivos Fundamentales, Contenidos Mínimos Obligatorios  Y los  Objetivos Fundamentales Transversales, aplicando los siguientes procedimientos evaluativos:
  • Evaluación Psicométrica: Evaluación por norma, los resultados de la evaluación se interpretan  comparando el rendimiento de cada alumno con las medidas estandarizadas del grupo curso.  Contemplando los siguientes instrumentos, acorde a las realidades de los grupos curso, en ambos casos.
  • Evaluación Diagnóstica: Aplicada en el inicio de los períodos lectivos con el objeto de medir el manejo de contenidos establecidos como base para el aprendizaje del alumno en el nivel al que ingresa y poder realizar una planificación acorde a la realidad.  Se registrará como porcentaje de logros y no tendrá incidencia en las evaluaciones de ningún tipo, pero será información indicativa para realizar pesquizaje de problemas específicos de aprendizaje.
  • Evaluación de avance: Evaluación aplicada por U.T.P., destinada a confrontar la aplicación efectiva de los planes y programas propios, su avance y desarrollo. Se aplicará una en cada semestre y su calificación se considerará como nota coeficiente uno.
  • Evaluación formativa: Destinada a medir las diferentes etapas de desarrollo de un proceso, la cual podrá ser calificada con nota coeficiente uno acumulativa.
  • Evaluación sumativa o acumulativa: Aquella evaluación realizada como final de proceso. Su coeficiente será uno.
  • Autoevaluación: Proceso mediante el cual el propio alumno se evalúa en una pauta que es diseñada para ello por los docentes de los cursos paralelos en conjunto, y se visa en U.T.P.. En dicha elaboración podrán participar los alumnos representados por su organización de curso o directiva de subcentro, esto podrá aplicarse para la evaluación de pares y la coevaluación.
  • Evaluación de pares: Forma en la que los alumnos de cada grupo evalúan a todos los miembros de su grupo en pauta especialmente diseñada para el efecto.
  • Coevaluación: Es aquella en que el alumno es evaluado por el docente en un porcentaje y una autoevaluación en el porcentaje restante, corresponderá al 10%.
  • Todas las evaluaciones que no impliquen calificación sumativa, podrán ser realizadas sin previo aviso como aplicación del concepto de evaluación permanente y como forma de medir procesos
  • El establecimiento  aplicará sólo evaluaciones coeficiente uno.
  • En caso de estar fechada una evaluación, ésta no podrá ser modificada y deberá aplicarse según calendario. Si por fuerza mayor no se pudiese aplicar según lo estipulado, U.T.P. decidirá si procede autorizar el cambio de fecha.
  • Evaluación semestral.  Será la media aritmética de las notas obtenidas en las evaluaciones realizadas durante el período, con aproximación de la centésima a la décima superior, toda vez que sea igual o superior a cinco.
  • Evaluación anual.   En los niveles de NB1 y NB2, NM4 será el promedio aritmético de las calificaciones semestrales con aproximación y en los niveles de NB3, NB4, NB5, NB6, NM1, NM2, NM3  será el resultado de la suma de la nota de presentación (promedio aritmético de los dos semestres, con aproximación) ponderada con un 70% más la nota de examen, ponderada con un 30%, con aproximación, en las asignaturas que corresponda.
  • El régimen de estudios será semestral.
  • Los alumnos que presenten problemas de aprendizaje, de salud u otros, deberán ser evaluados en forma diferenciada. La imposibilidad de realizar evaluación  práctica de Educación  Física será reemplazada por un trabajo teórico, previo diagnóstico de especialista y profesor.  Cualquier asignatura que requiera evaluación diferenciada, deberá solicitarse por escrito,  en  U.T.P. asesorada por la Psicóloga.
  • Las excepciones consideradas en el punto 7, tendrán vigencia sólo durante el año escolar.
II.- DE LAS CALIFICACIONES, EVALUACIONES E INFORMES DE NOTAS
  • Los alumnos serán calificados en todas las asignaturas, sectores y/o subsectores de los Planes y Programas de estudio correspondientes, utilizando la escala numérica de 1,0 a 7,0 expresada hasta con un decimal, con aproximación de la décima a la superior toda vez que la centésima sea igual o superior a 5 en los promedios semestrales y finales.
  • La nota mínima aprobatoria será el 4,0 (cuatro coma cero), y corresponderá al 65% de logros.
  • Se evaluarán los aspectos de formación integral  definidos en el Proyecto Educativo del establecimiento, en todas las asignaturas, sectores y/o subsectores
  • Los resultados de las evaluaciones serán entregados a los alumnos en un plazo no superior a 10 días hábiles, desde su aplicación y deberán ser firmadas por sus padres o  apoderados.
  • El sector de Religión será evaluado con concepto y no tendrá incidencia en la promoción de los alumnos.
  • Los sectores y/o subsectores de Orientación, Consejo de Curso, así como los Objetivos Fundamentales Transversales, serán evaluados con conceptos y su nota no será incidente en el promedio, ni en la promoción, según la siguiente escala de apreciación: (MB) MUY BUENO, (B) BUENO, (R) REGULAR, (S) SUFICIENTE, (I) INSUFICIENTE, será la base del Informe de Personalidad.
  • La cantidad de calificaciones mínimas en cada asignatura, sector y/o  subsector dependerá del número de  horas asignadas según el plan de estudios, acorde a la siguiente tabla:

Nº horas semanales

Cantidad de notas

1

2

2

4

3

5

4

6

5

7

6

8

7

9

  • El apoderado recibirá durante el año cuatro informes de calificaciones obtenidas por su pupilo(a): las dos primeras de cada semestre corresponden a informes parciales, las siguientes corresponden a evaluación semestral y final.
  • El informe parcial de evaluación debe detallar logros de objetivos y se entrega de manera personal al apoderado.
  • Los alumnos rendirán exámenes finales desde NB5 a NM3, en los sectores y/o subsectores o asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Lengua Castellana,  Educación Matemáticas, Matemáticas,  E. y C. de la Soc., Historia y Ciencias Sociales, E.  y .C. de la Nat. Y Ciencias e Inglés.
  • Los alumnos que obtengan en dichas asignaturas, sectores y/o subsectores un promedio igual o superior a 6.0,  podrán eximirse de estos exámenes.
  • Cuando exista examen, la calificación final se obtendrá ponderando el promedio de los dos semestres al 70% y el resultado del examen al 30% Este resultado es con aproximación.
  • Si no hay examen, la nota final resultará del promedio de los dos semestres con aproximación.
  • El alumno debe rendir examen en el día y hora fijada por el Colegio, exceptuando razones de fuerza mayor que deberán ser acreditadas oportunamente en la Unidad Técnico Pedagógica  por el apoderado personalmente.
  • Toda inasistencia a examen o evaluación debe ser justificada con anterioridad a la misma o el día de ella, con certificado  médico o personalmente, firmando el Cuaderno de Registro, en Inspectoría.
  • En caso de inasistencia a un examen o evaluación, sin justificación, el alumno será calificado con la nota mínima. Si existiera justificación posterior, ésta se analizará y se determinarán los pasos a seguir entre UTP, el Profesor y Dirección, siendo evaluado con nota máxima 4.0,  aplicando una evaluación alternativa con un nuevo instrumento con los mismos contenidos, lo antes posible.
  • Los trabajos entregados fuera de plazo serán calificados con mayor exigencia.
  • Todos los profesores están facultados para evaluar con nota, los objetivos de la clase anterior, sin previo aviso.
  • El alumno que falte a varias pruebas, previa justificación oportuna, debe conversar con los Profesores y fijar un calendario de pruebas, con no más de una por día. Se usará la misma escala de evaluación aplicada al resto del curso
  •  
  • Si por razones de fuerza mayor, no se puede realizar una prueba, ésta debe aplicarse, obligatoriamente,  en la clase siguiente por el profesor correspondiente y/o por quien designe la Unidad Técnica Pedagógica.
  • Si en una evaluación, uno o más alumnos son sorprendidos en acciones deshonestas (copiando) se le retirará el instrumento y será evaluado con la nota mínima. El Profesor citará al apoderado para firmar constancia de esta actitud  registrándose la situación en la hoja de vida del alumno.
  • En el promedio semestral del alumno, cada asignatura, sector y o subsector, podrá considerar el 10% de la calificación como resultado de la aplicación de procedimientos de autoevaluación y Coevaluación, como máximo. El 90% restante surgirá de los procedimientos implementados por el docente acorde a lo estipulado por Unidad Técnica Pedagógica.
  • La autoevaluación y la Coevaluación se realizará con una pauta confeccionada por el docente en conjunto con la Unidad Técnica Pedagógica.
  • En el Colegio, se eximirá a los alumnos de básica y media acorde a los decretos 158/97 y 83/2001 que otorgan facultades al Director para eximir de un sector o subsector a alumnos que presenten dificultades de aprendizaje o problemas de salud debidamente acreditados.
  • Por razones técnico pedagógicas, se evitará aplicar, a un alumno o grupo curso, más de tres pruebas escritas en un mismo día, dos de plan común y una de plan diferenciado.

 III DE LA PROMOCIÓN

  • Para la promoción de los alumnos(as) al curso superior se consideran la asistencia y el rendimiento.
1.1.Asistencia:
  • Para ser promovido un alumno requiere un mínimo de un 85% de asistencia anual.   No obstante, por razones debidamente justificadas, la Directora del Colegio, podrá autorizar la Promoción de los alumnos con un porcentaje menor de asistencia, previa solicitud del apoderado.
  • Los alumnos que se ausenten del Establecimiento por un tiempo superior a 10 días deberán informar por escrito a la Dirección, consignando el tiempo y motivo de dicha ausencia. La UTP del Establecimiento, en base a los antecedentes gestionará la calendarización de evaluaciones.  En estos casos, será de exclusiva responsabilidad del alumno y sus padres, ponerse al día en los contenidos entregados por los docentes durante el tiempo de su ausencia.
1.2 Rendimiento:
  • Serán promovidos al Nivel superior, todos los alumnos que aprueben todos los, sectores y/o subsectores, definidos en los Planes y Programas. En  caso especial se encuentran los alumnos de 1º y 3º básico los que se regirán por el Decreto 107/2003.
  • Serán promovidos al Nivel superior, todos los alumnos que habiendo reprobado un sector o subsector, tengan un promedio general igual o superior a 4,5 (cuatro coma cinco). En  caso especial se encuentran los alumnos de 1º y 3º básico los que se regirán por el Decreto 107/2003.
  • Serán promovidos al Nivel superior, todos los alumnos que habiendo reprobado dos sectores o subsectores, tengan un promedio general Igual o superior a 5,0 (cinco coma cero). En  caso especial se encuentran los alumnos de 1º y 3º básico los que se regirán por el Decreto 107/2003.
  • Sin embargo en NM3 y NM4 si los sectores o subsectores reprobados son Comunicación y Lenguaje y/o  Matemáticas, el promedio general deberá ser igual o superior a 5,5 (cinco coma cinco).
  • En los casos a), b), c) y d), los subsectores y/o asignaturas reprobadas deben ser consideradas en el cálculo del promedio general.
  • La Situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta, a más tardar,  al término del año escolar correspondiente.
  • El establecimiento entregará a todos los alumnos un certificado anual de estudios que indique las calificaciones obtenidas en todos los sectores, subsectores y/o asignaturas, la asistencia y áreas de desarrollo personal, dichos informes no podrán ser retenidos en el establecimiento por ningún motivo.
IV  DE LOS ALUMNOS CON EVALUACIÓN DIFERENCIADA
  • Los alumnos que presenten trastornos de aprendizaje, en los Niveles de Educación General Básica, previo Informe del profesor respectivo, se derivarán, para un diagnóstico y tratamiento, guiado por profesionales del caso.
  • Todos los alumnos con necesidades especiales de aprendizaje una vez diagnosticados,  recibirán proceso y evaluaciones diferenciadas la cual se comunicará al apoderado y deberá indicarse en su documentación académica.
  • En la Enseñanza Media la evaluación diferenciada será el procedimiento que se aplicará a los alumnos que presenten dificultades académicas, respecto del grupo curso.
  • Unidad Técnica Pedagógica,  se encargará de apoyar y  supervisar dicho trabajo diferenciado.
Si la situación diagnóstica lo amerita, se elaborará un PEI, (Proyecto Educativo Individual) que considere contenidos, tiempo, forma de evaluación y promoción, evaluaciones de evolución y de alta.

Posibles estrategias de evaluación diferenciada

Código         procedimiento

1                 Se aplicará otra prueba con los mismos contenidos, con menor exigencia (60 %)

2                 Se aplicará la prueba en forma oral con la escala normal (65 %)

3                 Se le dará, al alumno, la posibilidad de uso de material concreto que le permita mayor comprensión, se mantendrá la escala normal (65 %)

  • Se dará al alumno 1/4 de tiempo más que al resto del grupo curso.
  • Fragmentar el instrumento y aplicarlo en deferentes períodos, partes o días,
  • Se puede aplicar el código en forma individual o refundir dos o más códigos
El código de cada alumno será determinado por especialistas en conjunto con la U.T.P. y será comunicado a todos los profesores que deben evaluarlo.

SITUACIONES ESPECIALES

Embarazo adolescente: En caso de presentarse la situación de un embarazo en una alumna del establecimiento, esta será atendida en forma preferencial con el objeto de velar por la integridad y cuidados que requiere la criatura en gestación, otorgándole un período de prenatal de 40 días y un post natal de 90 días.

Se le confeccionará un plan especial de estudios y evaluaciones, podrá dejar de usar el uniforme escolar y su proceso será guiado directamente por UTP, fijando horarios, contenidos y evaluaciones con sus fechas, con el objeto de mantenerla en el sistema escolar y propender a su promoción.
En caso de graduación esta se realizará una vez nacida la guagua, respetando el período de post y prenatal

Servicio militar: El alumno que se encuentre en situación de ser llamado al Servicio militar será tratado en forma especial facilitándole las acciones destinadas al cumplimiento de sus estudios y lograr su promoción en condiciones similares a las definidas para el caso de la niña embarazada.

Becas al extranjero o viajes de larga duración: Analizado el caso se otorgarán las facilidades que aconseje el buen criterio y dentro de las acciones diseñadas para los casos anteriores.
Alumnos que ingresen tarde al proceso de nuestro establecimiento, tendrán como base las calificaciones que nos informe el colegio de origen y cualquier situación especial será resuelta por UTP, Profesor jefe y Dirección.

V   DISPOSICIONES FINALES

  • La  Directora del Establecimiento, con el Profesor respectivo y cuando lo estime conveniente, asesorado por el Consejo General de Profesores, resolverán las situaciones especiales de evaluación y promoción.